{"id":3074,"date":"2017-03-20T13:08:07","date_gmt":"2017-03-20T13:08:07","guid":{"rendered":"http:\/\/www.aeemt.com\/web\/?page_id=3074"},"modified":"2017-03-20T13:08:07","modified_gmt":"2017-03-20T13:08:07","slug":"grupo-funcional-contigencias","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.aeemt.org\/web\/grupo-funcional-contigencias\/","title":{"rendered":"Grupo funcional.  CONTIGENCIAS LABORALES, COMUNES Y MATEPPS"},"content":{"rendered":"<p><strong>Asociaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Especialistas en Medicina del Trabajo Grupo Funcional: CONTINGENCIAS\u00a0LABORALES, COMUNES Y MATEPPS.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>GRUPO FUNCIONAL: CONTINGENCIAS\u00a0LABORALES, COMUNES Y MATEPPS.<\/strong><\/p>\n<p><strong>PERIODO 2016 &#8211; 2020<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TABLA DE CONTENIDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>Indice<\/strong><\/p>\n<p><a href=\"#_Toc11655\">Miembros del Grupo Funcional<\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_Toc11656\">Coordinador<\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_Toc11657\">Introducci\u00f3n<\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_Toc11658\">Objetivos<\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_Toc11659\">Planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica 2016-2020<\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_Toc11660\">Informaci\u00f3n de contacto<\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_Toc11661\">Bibliograf\u00eda<\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_Toc11662\">Informaci\u00f3n de la asociaci\u00f3n<\/a><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<h1><a name=\"_Toc11655\"><\/a>Miembros del Grupo Funcional:<\/h1>\n<ul>\n<li>Dulce Puget Bosch<\/li>\n<li>Fernando Mart\u00edn Garc\u00eda<\/li>\n<li>Francisca D\u00edaz Ledesma<\/li>\n<li>Juan Manuel S\u00e1ez Mart\u00edn<\/li>\n<li>Mar\u00eda Fernanda Bravo Golpe<\/li>\n<li>Pilar Fern\u00e1ndez- Figares Vicioso<\/li>\n<li>Muskilda Mikele<\/li>\n<\/ul>\n<h1><\/h1>\n<h1><a name=\"_Toc11656\"><\/a>Coordinador:<\/h1>\n<p>Dra. Carmen Serrano Estrada. Especialista en Medicina del Trabajo. Responsable SPA ASPY Madrid. ,Castilla la Mancha Oeste y Canarias Doctor en Medicina y Cirug\u00eda, T\u00e9cnico superior en prevenci\u00f3n de riesgos laborales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h1><a name=\"_Toc11657\"><\/a>Introducci\u00f3n:<\/h1>\n<p>El grupo funcional de Contingencias Laborales, Contingencias Comunes y Mutuas<\/p>\n<p>Colaboradoras de la Seguridad Social (MCSS) se ha constituido\u00a0 para trabajar desde\u00a0 la AEEMT\u00a0 porque consideramos que el abordaje conjunto de las ausencias del trabajo por motivos de salud puede ayudar al enfoque integral de la salud de los trabajadores.<\/p>\n<p>El m\u00e9dico del trabajo tanto si desarrolla su trabajo en un Servicio de Prevenci\u00f3n como si lo hace desde las MCSS se enfrenta d\u00eda a d\u00eda con la enfermedad de los trabajadores, independientemente de su origen, ya sea desde la faceta asistencial, como desde la faceta preventiva .<\/p>\n<p>La presencia de especialistas en Medicina del Trabajo dentro de las Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social es sustancial en ese abordaje integral, en cuanto su \u00e1mbito de actuaciones abarca desde las competencias preventivas otorgadas a estas entidades por la normativa vigente, hasta las labores de asesoramiento para reincorporaci\u00f3n de trabajadores al puesto de trabajo, as\u00ed como\u00a0 las de adaptaci\u00f3n de medios y puestos tras contingencias profesionales recogidas en la reciente ley de mutuas.\u00a0 <strong><em>Continencias Laborales (CL)<\/em><\/strong>:<\/p>\n<p>Las CL\u00a0 que incluyen los accidentes de trabajo, la enfermedad profesional y el riesgo durante el embarazo y lactancia est\u00e1n mayoritariamente bajo la cobertura de las MCSS que act\u00faan como entidades colaboradoras con la Seguridad Social, as\u00ed como algunas empresas que actualmente son gestoras en modalidad de auto-seguro en la contingencia profesional.<\/p>\n<p><strong><em>La Enfermedad Profesional<\/em><\/strong>\u00a0 viene definida\u00a0 por La Ley General de la Seguridad Social (157 TRLGSS &#8211; 2015) como la enfermedad contra\u00edda a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicaci\u00f3n y desarrollo de esa Ley, y que est\u00e9 provocada por la acci\u00f3n de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional. En esas disposiciones se establecer\u00e1 el procedimiento que haya de observarse para la inclusi\u00f3n en dicho cuadro de nuevas enfermedades profesionales que se estime deban ser incorporadas al mismo. Dicho procedimiento comprender\u00e1, en todo caso, como tr\u00e1mite preceptivo, el informe del Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad.<\/p>\n<p>Una vez definido el concepto legal de enfermedad profesional hay que conocer que las <strong>enfermedades relacionadas con el trabajo<\/strong> son aquellas patolog\u00edas que contraiga el trabajador con motivo de la realizaci\u00f3n del trabajo y que no se recojan en el cuadro de enfermedades profesionales. Pueden estar incluidas en el concepto de accidente de trabajo siempre que se pruebe que la enfermedad fue causada exclusivamente por el trabajo por lo que es una presunci\u00f3n iuris tantum (debe probarse por quien lo alegue, en \u00e9ste caso el trabajador). Las enfermedades relacionadas con el trabajo vienen recogidas en la Ley General de la Seguridad Social (art. 156 TRLGSS) que define el accidente de trabajo y ser\u00edan 3 tipos:<\/p>\n<ul>\n<li>las enfermedades que se considere que derivan directamente de la realizaci\u00f3n del trabajo siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecuci\u00f3n del mismo.<\/li>\n<li>las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el trabajador que se agraven como consecuencia de la lesi\u00f3n constitutiva del accidente.<\/li>\n<li>las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duraci\u00f3n, gravedad o terminaci\u00f3n por enfermedades intercurrentes que constituyan complicaciones derivadas del proceso patol\u00f3gico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado al paciente para su curaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La EP pese a estar legalmente definida y regulada, presenta una realidad de infradiagn\u00f3stico y consecuente infra-declaraci\u00f3n en nuestro pa\u00eds. Situaci\u00f3n que\u00a0 no vemos mejorar sustancialmente. El m\u00e9dico del trabajo, en las MCSS tiene un papel insustituible en todos los procesos de EP, tanto confirmada o en periodo de observaci\u00f3n,\u00a0 tutelando,\u00a0 tratando y controlados estos procesos. Su papel\u00a0 es igualmente estrat\u00e9gico para su detecci\u00f3n, sospecha y notificaci\u00f3n desde los Servicios de Prevenci\u00f3n Propios o Ajenos.<\/p>\n<p>El M\u00e9dico del Trabajo debe contemplar todos ellos y estar familiarizado con su manejo. Una visi\u00f3n \u00edntegra de la patolog\u00eda laboral, propicia que el facultativo sea capaz de definir los riesgos subyacentes que lo hicieron posible y contemplar las acciones correctoras que pueden evitar su repetici\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><em>La contingencia Com\u00fan (CC)\u00a0 <\/em><\/strong><\/p>\n<p>La cobertura de la CC recae sobre el Sistema Publico de Salud si bien desde\u00a0 1995 las MATEPPS\u00a0 colaboran con la Seguridad Social\u00a0 realiza la gesti\u00f3n\u00a0 y control de la Incapacidad laboral por Contingencia Com\u00fan.(Arts. 71 y 72. R.D.1993\/95 Reglamento Colab. Mutuas),\u00a0 Las funciones de las MCSS en la gesti\u00f3n de ITCC recogidas por diferentes normativas (Ley 42\/94, R.D. 576\/97)<\/p>\n<p>Los m\u00e9dicos del trabajo de\u00a0 los Servicios de Prevenci\u00f3n Propios \/ Ajenos se ven afectados por la Contingencia Com\u00fan en la\u00a0 Salud de los trabajadores por muchas razones pero de ellas podr\u00edamos destacar dos:<\/p>\n<p>En primer lugar, la patolog\u00eda no laboral puede tener consecuencias en el trabajador y repercusiones en su puesto de trabajo\u00a0 que requiera una valoraci\u00f3n\u00a0 y en su caso\u00a0 de adaptaci\u00f3n\u00a0 del puesto. La valoraci\u00f3n de la aptitud\u00a0 as\u00ed como adecuada incorporaci\u00f3n del trabajador despu\u00e9s de un periodo de Incapacidad Laboral por cualquier causa\u00a0 es la misi\u00f3n del Medico del Trabajo. Esta labor es en ocasiones muy compleja y requiere de interlocuci\u00f3n con el Sistema P\u00fablico de Salud o con las MCSS.<\/p>\n<p>En segundo lugar, el conocimiento de las causas de esta CC, con el fin \u00fanico de ver su posible relaci\u00f3n con las condiciones laborales, es una de las misiones encomendadas por la normativa vigente a los Servicios de Prevenci\u00f3n. Pero no est\u00e1 articulado como les debe llegar este conocimiento, con lo que pr\u00e1cticamente la \u00fanica fuente de informaci\u00f3n es la que proporciona voluntariamente el trabajador el realizar la anamnesis cuando se realiza el examen de salud.<\/p>\n<p>Tenemos por tanto tres sistemas sanitarios implicados en las\u00a0 CL Y CC\u00a0 que en la actualidad est\u00e1n mal\u00a0 coordinados, sin procedimientos\u00a0 de actuaci\u00f3n conjuntos y sin canales de comunicaci\u00f3n bien definidos. Desde muchas instancias y diferentes foros se est\u00e1 se\u00f1alando como imprescindible esta comunicaci\u00f3n con el fin de\u00a0 dar una mejor cobertura a los trabajadores,\u00a0 rentabilizar actuaciones y\u00a0 de cumplir la normativa.<\/p>\n<p>.<\/p>\n<h1><a name=\"_Toc11658\"><\/a>Objetivos<\/h1>\n<p>OBJETIVOS GENERALES:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Impulsar la labor y el protagonismo que debe tener el M\u00e9dico especialista en Medicina del Trabajo en el control y seguimiento de las contingencias profesionales y comunes de la poblaci\u00f3n trabajadora, bien sea desde los Servicios de Prevenci\u00f3n como desde las MCSS, mejorando la interlocuci\u00f3n entre todos los Sistemas Sanitarios implicados en las misma.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Impulsar la presencia de la AEEMT y hacer valer su opini\u00f3n ante las Administraciones P\u00fablicas en todas las materias relativas a legislaci\u00f3n y reglamentaci\u00f3n que ata\u00f1e al \u00e1mbito de la especialidad en lo concerniente a las contingencias profesionales y MCSS<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>OBJETIVOS ESPEC\u00cdFICOS<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Desde el an\u00e1lisis y valoraci\u00f3n de las estad\u00edsticas publicadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social\u00a0 de los datos sobre AT, EP y Contingencias Comunes, proponer indicadores fiables\u00a0 y \u00fatiles para la prevenci\u00f3n laboral\u00a0 y promoci\u00f3n de la salud de los trabajadores.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Proponer sistemas de comunicaci\u00f3n entre el Sistema P\u00fablico de Salud, las MCSS y los Servicios de Prevenci\u00f3n que mejoren el conocimiento y el manejo de las causas y de las consecuencias de las enfermedades que padecen los trabajadores,\u00a0 ya sean de origen laboral como com\u00fan.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Aportar a los M\u00e9dicos del Trabajo de SP, de conocimientos y estrategias para detectar mejor patolog\u00edas relacionadas con el \u00e1mbito laboral, y a gestionar la atenci\u00f3n inicial del accidentado, la investigaci\u00f3n del accidente y la propuesta de medidas correctoras.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li>Proponer protocolos de actuaci\u00f3n para valoraci\u00f3n y reincorporaci\u00f3n de los trabajadores despu\u00e9s\u00a0 periodo de Incapacidad Temporal.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li>Impulsar y promover dentro de las mutuas las actividades de I+D+I recogidas en la reciente legislaci\u00f3n y el papel que los especialistas en Medicina del Trabajo deben tener en esas tareas de investigaci\u00f3n encomendadas a estas entidades en el \u00e1mbito de la contingencia profesional<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li>Impulsar el papel activo de la especialidad en la valoraci\u00f3n del REL, promoviendo ante el INSS la revisi\u00f3n de la gu\u00eda de orientaci\u00f3n publicada en 2008, ante las carencias e inconsistencias detectadas en estos ocho a\u00f1os de recorrido. Haciendo valer la necesidad de la presencia en su revisi\u00f3n de nuestra especialidad por entrar de lleno en el \u00e1mbito de sus competencias.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li>Apoyar y asesorar al m\u00e9dico del trabajo en el manejo de las CL Y CC.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h1><a name=\"_Toc11659\"><\/a>Planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica 2016-2020<\/h1>\n<table width=\"543\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"137\"><\/td>\n<td width=\"406\">Objetivos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"137\">2016<\/td>\n<td width=\"406\">&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Consensuar objetivos y establecer planificaci\u00f3n<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Iniciar y desarrollar los objetivos 1<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Entregar la revisi\u00f3n sobre revisi\u00f3n de los tiempos \u00f3ptimos de ITCC en el caso de anomal\u00edas cong\u00e9nitas<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Elaboraci\u00f3n de la memoria<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"137\">2017<\/td>\n<td width=\"406\">&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Publicar documento valoraci\u00f3n, indicadores y mejoras de las estad\u00edsticas sobre contingencias laborales y comunes.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Iniciar y desarrollar los objetivos 2<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Publicaci\u00f3n de un art\u00edculo\/ caso en la resista\u00a0 por parte del grupo<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Elaboraci\u00f3n de la memoria<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"137\">2018<\/td>\n<td width=\"406\">&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Publicar documento gu\u00eda\u00a0 de interlocuci\u00f3n entre MATEPPS, SP y Sistema P\u00fablico de Salud,<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Iniciar y desarrollar el\u00a0 objetivo 3 y 4<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Publicar un art\u00edculo\/ caso en la resista\u00a0 por parte del grupo<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Elaboraci\u00f3n de la memoria<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"137\">2019<\/td>\n<td width=\"406\">&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Iniciar y desarrollar los objetivos\u00a0 5<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Organizar jornadas \/ taller para actualizaci\u00f3n de manejo de accidentes\u2026<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Elaboraci\u00f3n de la memoria<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"137\">2020<\/td>\n<td width=\"406\">&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Publicar un art\u00edculo\/ caso en la resista\u00a0 por parte del grupo<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Elaboraci\u00f3n de la memoria<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h1><a name=\"_Toc11660\"><\/a>Informaci\u00f3n de contacto.<\/h1>\n<table width=\"592\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"197\">PILAR FERNANDEZ-FIGARES<\/p>\n<p>VICIOSO<\/p>\n<p>DIRECTORA M\u00c9DICO NACIONAL<\/p>\n<p>DE LOS SERVICIOS SANITARIOS DEL GRUPO EL CORTE INGL\u00c9S,S.A.<\/td>\n<td width=\"198\">FERNANDO MART\u00cdN GARC\u00cdA<\/p>\n<p>DIRECCI\u00d3N M\u00c9DICA DE C.P. DE<\/p>\n<p>CASTILLA Y LE\u00d3N Y LA RIOJA &#8211;<\/p>\n<p>M\u00c9DICO DE APOYO A<\/p>\n<p>PROGRAMAS ESPECIALES IBERMUTUAMUR MATEPSS<\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<td width=\"197\">DULCE PUGET BOSCH<\/p>\n<p>DIRECTORA DE MEDICINA<\/p>\n<p>DEL TRABAJO Y EEPP DE<\/p>\n<p>DIRECCI\u00d3N SANITARIA MUTUA ASEPEYO<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>Tel.<\/strong> 913097354 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Tel.<\/strong> 923 21 64 39 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Tel.<\/strong> 93 2286500 \/650661230<\/p>\n<p><strong>Fax<\/strong> 914018422 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Fax<\/strong> 923 21 64 20 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Fax<\/strong> 93 2286517<\/p>\n<p><strong>Mariadelpilar_f-\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Fernandomartin@ibermutuamur.es \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 mpugetbosch@asepeyo.es <strong>figares@elcorteingles.es<\/strong><\/p>\n<table width=\"592\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"181\">&nbsp;<\/p>\n<table width=\"180\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"180\">FRANCISCA DIAZ LEDESMA<\/p>\n<p>RESPONSABLE SERVICIO<\/p>\n<p>MEDICO<\/p>\n<p>TECNATOM<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/td>\n<td width=\"202\">&nbsp;<\/p>\n<table width=\"195\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"195\">CARMEN SERRANO ESTRADA<\/p>\n<p>COORDINADORA SANITARIA ZNA<\/p>\n<p>CENTRO ASPY PREVENCI\u00d3N<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/td>\n<td width=\"210\">&nbsp;<\/p>\n<table width=\"204\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"204\"><strong>DRA. MIKELE GURPIDE <\/strong><\/p>\n<p>DIRECTORA DEPARTAMENTO DE<\/p>\n<p>PREVENCI\u00d3N GRUPO PARQUES<\/p>\n<p>REUNIDOS<\/p>\n<p>ESPA\u00d1A<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><sup>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/sup>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Tel.<\/strong> 914188506<\/p>\n<p><u>mmikele@umivale.es<\/u><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h1><a name=\"_Toc11661\"><\/a>BIBLIOGRAF\u00cdA Y REFERENCIAS<\/h1>\n<p><strong>ANEXO\u00a0 NORMATIVA:\u00a0 <\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1.-DECRETO DE 22 DE JUNIO DE 1956, POR EL QUESE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA APLICACI\u00d3N DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEGISLACI\u00d3N DE ACCIDENTES DE TRABAJO.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2.-ORDEN DE 9 DE MAYO DE 1962, POR LA QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES. (ART\u00cdCULOS 45 AL 50).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>3.-ORDEN DE 16 DE DICIEMBRE DE 1987, POR LA QUE SE ESTABLECEN NUEVOS MODELOS \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 PARA \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 LANOTIFICACI\u00d3N \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 DE \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 ACCIDENTES \u00a0 DE \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 TRABAJO \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Y \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 SE \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 DAN INSTRUCCIONES PARA SU CUMPLIMENTACI\u00d3N Y TRAMITACI\u00d3N.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4.-REAL DECRETO LEGISLATIVO 1\/1994, DE 20 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DELA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5.-REAL DECRETO 1300\/1995,DE 21 DE JULIO, POR EL QUE SE DESARROLLA, EN MATERIA DE INCAPACIDADES LABORALES DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LA LEY 42\/1994, DE 30 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DE ORDEN SOCIAL.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>6.-REAL DECRETO 1993\/1995, DE7 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO SOBRE COLABORACI\u00d3N DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>7.-REAL DECRETO 250\/1997, DE 21 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO SOBRECOLABORACI\u00d3N DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, APROBADO POR REAL<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>8.-REAL DECRETO 576\/1997,DE 18 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO GENERAL SOBRE COLABORACI\u00d3N EN LA GESTI\u00d3N DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, APROBADO POR REAL DECRETO1993\/1995, DE 7 DE DICIEMBRE.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>9.-ORDEN TAS\/2926\/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN NUEVOS MODELOS PARA LA NOTIFICACI\u00d3N DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y SE POSIBILITA SU TRANSMISI\u00d3N POR PROCEDIMIENTO ELECTR\u00d3NICO.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>10.-REAL DECRETO 1273\/2003, DE 10 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA LA COBERTURA DE LAS CONTINGENCIAS PROFESIONALES DE LOS TRABAJADORES INCLUIDOS EN EL R\u00c9GIMEN ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUT\u00d3NOMOS, Y LA AMPLIACI\u00d3N DELA PRESTACI\u00d3N POR INCAPACIDAD TEMPORAL PARA LOSTRABAJADORES POR CUENTA PROPIA.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>11.-ORDEN TAS\/399\/2004, DE 12 DE FEBRERO, SOBRE PRESENTACI\u00d3N EN SOPORTE INFORM\u00c1TICO DE LOS PARTES M\u00c9DICOS DE BAJA, CONFIRMACI\u00d3N DE LA BAJA Y ALTA CORRESPONDIENTES A PROCESOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>12.-REAL DECRETO428\/2004,DE 12 DE MARZO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO GENERAL SOBRE COLABORACI\u00d3N EN LA GESTI\u00d3N DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1993\/1995, DE 7 DE DICIEMBRE.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>13.-REAL DECRETO 1299\/2006, DE 10 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL CUADRO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES EN EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y SE ESTABLECEN CRITERIOS PARA SU NOTIFICACI\u00d3N Y REGISTRO.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>14.-ORDEN TAS\/1\/2007, DE 2 DE ENERO, POR LA QUE SE ESTABLECE EL MODELO DE PARTE DE ENFERMEDAD PROFESIONAL, SE DICTAN NORMAS PARA SU ELABORACI\u00d3N Y TRANSMISI\u00d3N Y SE CREA EL CORRESPONDIENTE FICHERO DE DATOS PERSONALES.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>15.-REAL DECRETO 38\/2010,DE 15 DE ENERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO SOBRECOLABORACI\u00d3N DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, APROBADO POR EL REAL<\/p>\n<p>DECRETO1993\/1995, DE 7 DE DICIEMBRE.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>16.-ORDEN ESS\/66\/2013,DE 28 DE ENERO, POR LA QUE SE ACTUALIZAN LAS CANTIDADES A TANTO ALZADO DE LAS INDEMNIZACIONES POR LESIONES, MUTILACIONES Y DEFORMIDADES DE CAR\u00c1CTERDEFINITIVO Y NO INVALIDANTES.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>17.-REAL DECRETO 625\/2014,DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA GESTI\u00d3N Y CONTROLDE LOS PROCESOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL EN LOS PRIMEROS TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO D\u00cdAS DE SU DURACI\u00d3N.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>18.-LEY 35\/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA EL TEXTO REFUNDIDO<\/p>\n<p>DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN RELACI\u00d3N CON EL R\u00c9GIMEN<\/p>\n<p>JUR\u00cdDICO \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 DE \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 LAS \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 MUTUAS \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 DE \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 ACCIDENTES \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 DE \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 TRABAJO \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Y<\/p>\n<p>ENFERMEDADESPROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>19-ORDEN ESS\/1187\/2015,DE 15 DE JUNIO, POR LA QUE SE DESARROLLA EL RD 625\/2014, DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA GESTI\u00d3N Y CONTROL DE LOS PROCESOS POR IT EN LOS PRIMEROS 365 DIAS DE SU DURACI\u00d3N.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>B) NO NORMATIVA <\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1.-AN\u00c1LISIS FORMAL DE LA SINIESTRALIDAD LABORAL EN ESPA\u00d1A. PROPUESTAS DE<\/p>\n<p>ACTUACI\u00d3N. JOS\u00c9 MAR\u00cdA CISNAL GREDILLA.ASEPEYO. 2002<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2.-\u00bfES ENFERMEDAD PROFESIONAL ?.CRITERIOS PARA SU CALIFICACI\u00d3N. CLARA GILLEN<\/p>\n<p>SUBIRAN. CARLOS ORTEGA MOLINA. BIBLIOTECA DE MEDICINA. IBERMUTUAMUR. 2008<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>3.-NOTAS EXPLICATIVASDEAYUDA AL DIGN\u00d3STICO DE LAS<\/p>\n<p>ENFERMEDADESPORFESIONALES. INSTITUTO NACIONAL DE MEDICNA Y SEGURIDAD DEL<\/p>\n<p>TRABAJO. 1999<\/p>\n<p>5.-VALORACI\u00d3N M\u00c9DICA Y JUR\u00cdDICA DE LA INCAPACIDAD LABORAL. CESAR BOROBIA<\/p>\n<p>FERN\u00c1NDEZ. MANUALES PROFESIONALES. LA LEY 2007<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>6.-HEVIA-CAMPOMANES E, MIRANDAF, VIVANCO MC. LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES. EDITORIAL COLEX. 2000.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>7.-OBSERVATORIO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES (CEPROSS) Y DE<\/p>\n<p>ENFERMEDADES CAUSA DAS O AGRAVADAS POR EL TRABAJO (PANOTRATSS)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>8.-ESTRATEGIA ESPA\u00d1OLA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 2015<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h1><a name=\"_Toc11662\"><\/a>Informaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n<\/h1>\n<p>Informaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n<\/p>\n<p>Asociaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Especialistas en Medicina del Trabajo Grupo Funcional: Promoci\u00f3n de la Salud en la Empresa http:\/www.aeemt.com<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Asociaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Especialistas en Medicina del Trabajo Grupo Funcional: CONTINGENCIAS\u00a0LABORALES, COMUNES Y MATEPPS. &nbsp; GRUPO FUNCIONAL: CONTINGENCIAS\u00a0LABORALES, COMUNES Y MATEPPS. 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